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El entorno familiar debería ser un espacio de seguridad y afecto. Sin embargo, cuando aparecen conductas de violencia física o psicológica, nos encontramos ante uno de los escenarios más complejos y dolorosos del Derecho Penal. El delito de maltrato familiar, regulado principalmente en el Artículo 173.2 del Código Penal, busca proteger la paz en el hogar y la integridad moral de sus miembros.
En Navajas Puerta Abogados, despacho de referencia en el centro de Zaragoza, somos especialistas en ofrecer soluciones legales a problemas reales. Ya sea que necesites una orden de protección inmediata o una defensa técnica ante una acusación injusta, nuestro equipo, liderado por el letrado Miguel Navajas, actúa con la excelencia y confidencialidad que estos casos exigen.
¿Qué se considera maltrato en el ámbito familiar?
La ley distingue entre actos de violencia aislados y la violencia habitual. El Artículo 173.2 del Código Penal castiga expresamente a quien ejerza violencia física o psíquica de forma habitual sobre personas que tengan una relación familiar o de convivencia con el autor.
Personas protegidas por la ley
El círculo de sujetos pasivos en este delito es amplio e incluye:
- Cónyuge o persona ligada por análoga relación de afectividad, incluso sin convivencia.
- Descendientes, ascendientes o hermanos (propios o del cónyuge/conviviente).
- Menores o personas con discapacidad que convivan con el autor o se hallen bajo su potestad, tutela o guarda.
- Personas especialmente vulnerables sometidas a custodia en centros públicos o privados.
Es importante destacar que el abogado penalista Zaragoza debe analizar si el caso se encuadra en la violencia de género (específicamente contra la mujer pareja) o en la violencia doméstica (resto del núcleo familiar), ya que los procedimientos y los juzgados competentes pueden variar.
Penas por el delito de maltrato familiar habitual (Art. 173.2 CP)
La gravedad de este delito se refleja en las penas previstas, que se aplican sin perjuicio de las que correspondan por las lesiones o amenazas concretas cometidas. El autor de maltrato habitual se enfrenta a:
- Prisión: De seis meses a tres años.
- Privación de armas: Prohibición de porte y tenencia de armas de tres a cinco años.
- Inhabilitaciones: Inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad, tutela o guarda por tiempo de uno a cinco años, si el juez lo estima adecuado al interés del menor.
- Libertad vigilada: La ley permite imponer esta medida de seguridad tras el cumplimiento de la pena.
Agravantes específicos
Las penas se impondrán en su mitad superior si los actos de violencia ocurren en presencia de menores, utilizando armas, en el domicilio común o quebrantando una prohibición previa de aproximación o comunicación.
La diferencia con el maltrato ocasional (Art. 153 CP)
No toda agresión familiar se juzga bajo el Artículo 173.2. Cuando se trata de un acto de violencia física o menoscabo psíquico puntual que no llega a causar una lesión grave (según el Art. 147.1 CP), se aplica el Artículo 153.
En estos casos, si la víctima es el cónyuge o una persona especialmente vulnerable conviviente, la pena es de prisión de seis meses a un año. Si el maltrato leve se dirige a otros miembros de la familia, la pena mínima de prisión se sitúa en los tres meses. La distinción técnica entre habitualidad y ocasionalidad es clave en la estrategia de un abogado penalista en Zaragoza.
La Orden de Protección: ¿Cómo garantizar tu seguridad?
Ante una situación de riesgo, la Ley de Enjuiciamiento Criminal prevé la orden de protección (Art. 544 ter). El Juez de Instrucción puede dictarla cuando existan indicios fundados de un delito contra la vida, integridad física o libertad y resulte una situación objetiva de riesgo para la víctima.
Medidas que incluye la orden
Como expertos en defensa penal, en Navajas Puerta Abogados instamos la adopción de medidas integrales:
- Penales: Prohibición de aproximación (alejamiento) y prohibición de comunicación por cualquier medio.
- Civiles: Atribución del uso de la vivienda familiar, determinación de la custodia de los hijos, suspensión del régimen de visitas y fijación de una pensión de alimentos.
- Asistencia social: Acceso a ayudas y servicios de protección previstos en la legislación vigente.
La orden de protección se inscribe en el Registro Central para la Protección de las Víctimas de la Violencia Doméstica y de Género.
El procedimiento: Juicio rápido y asistencia 24 horas
Dada la urgencia de estos casos, en Zaragoza suelen tramitarse mediante el procedimiento de juicio rápido. Este sistema permite que, tras la detención y las primeras diligencias policiales, se celebre una comparecencia ante el Juez de Guardia en la que se puede dictar sentencia de conformidad si existe acuerdo.
Contar con un abogado penalista Zaragoza disponible 24 horas es fundamental desde el primer minuto en comisaría para asegurar que se respeten los derechos fundamentales y se articule una prueba sólida, ya sea de cargo o de descargo.
Si eres la VÍCTIMA: Pasos críticos a seguir en Zaragoza
Si estás sufriendo maltrato familiar, la rapidez en la actuación legal es tu mejor aliada. Nuestro protocolo de actuación incluye:
- Asegurar la prueba: Parte de lesiones médicas, capturas de mensajes de WhatsApp o testimonios de vecinos.
- Denuncia técnica: Es vital que la denuncia narre de forma circunstanciada los hechos, indicando si existe habitualidad para que el Fiscal pueda calificar el delito correctamente.
- Solicitud de Orden de Protección: Presentarla directamente ante el juzgado o la policía para activar las medidas cautelares urgentes.
- No renuncies a la indemnización: El delito de maltrato genera responsabilidad civil por daños morales y físicos que deben ser reclamados.
Si eres el INVESTIGADO: Estrategias de defensa penal
Ser denunciado por maltrato familiar es una situación delicada que puede acarrear la salida inmediata del domicilio y antecedentes penales. En nuestro despacho aplicamos la excelencia jurídica para proteger tu presunción de inocencia:
- Impugnación de la habitualidad: Verificamos si realmente existen indicios de una conducta reiterada o si se trata de un conflicto puntual mal calificado.
- Análisis de indicios de denuncias falsas: En contextos de rupturas conflictivas, estudiamos si existe un interés espurio en la denuncia.
- Soluciones negociadas: Cuando las pruebas son evidentes, buscamos acuerdos que eviten el ingreso en prisión y minimicen el impacto personal.
- Derecho de defensa: Recuerda que no debes declarar ante la policía sin tu abogado; una mala declaración inicial puede condicionar todo el proceso.
¿Por qué confiar en Navajas Puerta Abogados?
Nuestro despacho en la calle Teniente Coronel Valenzuela se distingue por un trato cercano y una disponibilidad absoluta. Clientes satisfechos avalan nuestra capacidad para explicar «con la ley en la mano» cada paso del procedimiento, ofreciendo tranquilidad en momentos de máxima tensión.
Ofrecemos:
- Atención personalizada: Estudiamos tus circunstancias únicas para dar con la mejor solución legal.
- Experiencia demostrada: Especialistas en violencia de género, delitos contra las personas y juicios rápidos en los juzgados de Zaragoza.
- Disponibilidad 24h: Porque las urgencias legales en el ámbito familiar no pueden esperar al lunes.
Contacta ahora con Miguel Navajas
No permitas que el miedo o la incertidumbre dicten tu futuro. Tanto si buscas protección como si necesitas la mejor defensa penal, en Navajas Puerta Abogados te ofrecemos soluciones reales.
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📍 Dirección: C/ Teniente Coronel Valenzuela 1, 2º Izq. Zaragoza, 50004.
📧 Email: navajaspuerta.abogados@gmail.com
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Navajas Puerta Abogados: Excelencia en Derecho Penal en Zaragoza.




